sábado, 17 de enero de 2026

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viernes, 16 de enero de 2026

Internas, padrón trucho y rajadas: el PJ intervenido se despierta y busca padrinos lejos de la condenada

Política
Rosca interna

Internas, padrón trucho y rajadas: el PJ intervenido se despierta y busca padrinos lejos de la condenada

Intervenciones desde arriba, rebeliones desde abajo: el PJ del interior ensaya su propio camino lejos del manual K. (Dibujo: Fernando Rocchia para AGENCIA NOVA)

La decisión de Cristina Fernández de Kirchner de intervenir los partidos justicialistas de Misiones y Salta abrió un frente interno que hoy amenaza con devolverle el problema por la misma puerta por la que entró.

Los dirigentes apartados de la conducción provincial, acusados por el PJ nacional de “indisciplina” por acompañar leyes clave del gobierno de Javier Milei en el Congreso, se preparan para disputar elecciones internas y recuperar el control partidario con una estrategia que mezcla estructura territorial, acuerdos transversales y respaldo de gobernadores no alineados con el kirchnerismo duro.

El escenario se completa con Buenos Aires, donde Máximo Kirchner pondrá en juego su presidencia partidaria, y con Jujuy, otro distrito intervenido que también se encamina a internas. La postal es incómoda para la conducción nacional: el partido que históricamente se jactó de su músculo territorial hoy enfrenta rebeliones en cadena desde el interior.

En Misiones, la intervención dispuesta en febrero de 2025 quedó en manos de Gustavo Arrieta y Máximo Rodríguez, quienes convocaron a elecciones internas para el 19 de abril. El desplazamiento tuvo un detonante concreto: el respaldo de legisladores peronistas provinciales a iniciativas como el RIGI y la Ley Bases. Desde ese momento, el PJ misionero pasó a competir con el sello Fuerza Patria y terminó relegado al tercer lugar en las últimas elecciones nacionales.

El diputado nacional Alberto Arrúa, exsecretario general del PJ provincial, emerge como una de las figuras que buscan volver al ruedo. Alineado al Frente Renovador que conduce Carlos Rovira, Arrúa admite que el armado apunta a ampliar respaldos fuera de la provincia.

En esa lista aparecen Axel KicillofRicardo Quintela y un grupo de mandatarios provinciales que orbitan el llamado “peronismo no K”, como Gustavo Sáenz, Osvaldo Jaldo y Raúl Jalil. El mensaje es claro: si el partido se cierra desde arriba, el interior busca aire por los costados.

Salta transita un camino similar, aunque con tiempos menos definidos. Allí, la intervención está a cargo del senador bonaerense Sergio Berni y la diputada pampeana María Luz Alonso.

Los dirigentes desplazados sostienen que la intervención vencería el 30 de mayo y ya anticipan un pedido formal para llamar a internas y “depurar el padrón”. El peronismo salteño, que también quedó tercero en las últimas elecciones bajo el sello Fuerza Patria, se encamina a una disputa entre al menos dos corrientes: una vinculada al exgobernador Juan Manuel Urtubey y otra que impulsa a Patricia Hucena, con respaldo de referentes del interior provincial.

Como en Misiones, el objetivo es tender puentes con sectores enfrentados a la expresidenta. En ese radar vuelve a aparecer el Movimiento Derecho al Futuro, el espacio impulsado por Kicillof, y el fallido intento de una lista “Federal” encabezada por Quintela para disputar la conducción nacional del PJ, frustrada antes de llegar a las urnas.

Jujuy completa el mapa de tensiones. Con una intervención previa incluso al desembarco de Cristina en la presidencia partidaria, el PJ local tiene como interventores al intendente de Merlo Gustavo Menéndez y al exministro Aníbal Fernández. Allí también se proyectan internas después del Carnaval, en un distrito donde el peronismo oficial volvió a quedar tercero y donde el kicillofismo ya plantó bandera con enviados propios.

El denominador común en los tres casos es la misma paradoja: un partido que predica unidad desde Buenos Aires enfrenta, en el interior, una diáspora organizada por dirigentes que se dicen peronistas pero fueron expulsados por votar distinto.

La conducción central buscó disciplinar; el resultado fue multiplicar los focos de conflicto. Mientras tanto, Cristina Kirchner observa cómo el PJ que intervino para ordenar empieza a pedir internas, padrón limpio y aliados fuera del radar kirchnerista. Una ironía difícil de disimular para un movimiento que hizo del verticalismo su marca registrada.

HUMOR DIARIO

La libertad, en manos de la Justicia











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La libertad, en manos de la Justicia


Probablemente sean los jueces, antes que el Congreso, los que colocarán las decisiones del Presidente dentro de la Constitución


LA NACION


Joaquín Morales Solá



Javier Milei por Alfredo Sábat


Lo firmó sigilosamente, casi en la nocturnidad, como quien presiente el rechazo. Aunque las miradas están pendientes del Congreso cuando casi todos los legisladores retozan cerca del mar, probablemente sea la Justicia el primer poder del Estado en anular el decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei que modificó sustancialmente el servicio de inteligencia del país. Los jueces vuelven a trabajar en febrero y, a veces, dan menos vueltas que los legisladores. Por una descarriada iniciativa de Cristina Kirchner, que cuando era senadora le dedicó a su marido presidente una ley reglamentaria de los decretos de necesidad y urgencia que los convierte a estos en más poderosos que una ley, es muy difícil con la actual composición del Congreso que ese DNU sea rechazado por ambas cámaras legislativas.


Una ley no es ley si una sola de las cámaras la rechaza. El DNU requiere, en cambio, de la desaprobación de las dos cámaras, con el voto de la mayoría absoluta de los presentes de cada una de ellas. Es decir: de la mayoría de los legisladores que están en el recinto. Esa ley encierra una especial fechoría: en el Congreso se habla, por lo general, de mayoría absoluta cuando se trata de la mayoría de la totalidad del cuerpo, no de los legisladores presentes. Esa fue la picardía de la viuda de Kirchner, que contó con la complicidad de todo el bloque peronista. Gobernaba el peronista Néstor Kirchner, desde ya.



Esa es también la ventaja de un poder hegemónico que ahora aprovecha Milei. Fue la perversión del objetivo final que se habían propuesto los constituyentes durante la reforma constitucional de 1994. Tal objetivo consistía en quitarle poder al Presidente y a sus decretos de necesidad y urgencia. Antes, Raúl Alfonsín había creado una moneda, el austral, con esa herramienta, y Carlos Menem ordenó la más profunda reforma del Estado con el mismo mecanismo. La reforma del 94 incorporó el inciso 3 del artículo 99 sobre las facultades del presidente por el que le prohíbe a este tomar decisiones que deben ser aprobadas por el Congreso, aunque establece que solo en “casos excepcionales” y cuando exista una necesidad urgente podrá dictar decretos de necesidad y urgencia. No podrá hacerlo nunca, dice el texto constitucional, sobre cuestiones penales, tributarias o electorales.


Cristina Kirchner no pudo cambiar tales prohibiciones de la Constitución, pero creó condiciones casi incumplibles para que el Congreso rechace esos decretos. De hecho, a Milei le rechazaron un solo decreto de necesidad y urgencia, cuando quiso ampliar en 100.000 millones de pesos el presupuesto de la SIDE, y cuando su partido estaba en franca minoría en el Congreso. Otra vez la SIDE. Siempre la SIDE.


Fue la única vez que los diputados de Mauricio Macri contribuyeron a tumbar una decisión de Milei. Ahora, ya no es así, después de la victoria mileísta en las elecciones de mitad de mandato del año pasado. Los requerimientos de esa ley de Cristina Kirchner le hacen casi imposible a la oposición anular ese decreto, en principio en la Cámara de Diputados, donde el Presidente lidera a 95 diputados. Puede alcanzar la mayoría de los presentes, porque tiene amigos, conocidos y espónsores. Aunque algunos diputados que se fugaron de Pro, protegidos por Patricia Bullrich, no aceptaran tales desmesuras institucionales, es difícil que esas deserciones le impidan al Presidente consumar sus hechos. Macri ya no tiene la cantidad de diputados que le permitió anular aquel decreto de los 100.000 millones de pesos, pero a su lado aseguran que los que tiene ahora votarán en contra del decreto de Milei sobre el servicio de inteligencia.



En el Senado, las cosas son más difíciles para el oficialismo. Ahí tiene 20 senadores, liderados también por la otrora macrista Bullrich. La mayoría de los senadores son 37. Suelen estar casi todos en las reuniones plenarias. Faltan muchos y son pocos. “Hay varios que están dispuestos a votar por cualquier cosa que haga Milei, pero no al extremo de acompañarlo a violar la Constitución y el Estado de Derecho”, anticipó un senador radical. No importa. Si la Cámara de Diputados no acompaña el eventual rechazo del Senado (o si el Senado no acompaña un rechazo de Diputados), el decreto de necesidad y urgencia quedará firme, con la fuerza de una ley. Gracias, Cristina.


Mientras tanto, hay cuatro presentaciones en la Justicia para que declare inconstitucional y “nulo de nulidad absoluta” ese decreto de Milei. Los planteos se hicieron en el fuero Contencioso Administrativo, que es donde se dirimen las cuestiones contra las decisiones del Estado. Uno de ellos, que firmaron legisladores de la Coalición Cívica, asegura de manera dramática que “dar igual tratamiento a una amenaza contra el Estado que a una cuestión de seguridad interior es la antesala inmediata de un Estado policial”.


El decreto de necesidad y urgencia autoriza a los agentes de la SIDE, convertida por esa decisión de Milei en la más importante agencia de inteligencia del Estado, a detener personas sin orden judicial, por el solo hecho de una sospecha o porque están cometiendo un delito flagrante. Si bien el Código Penal autoriza a los ciudadanos comunes a hacer aprehensiones en casos de flagrancia, no es lo mismo que esa facultad la tenga el servicio de inteligencia del Estado, sobre todo el servicio argentino, que siempre anda mezclándose con lamentables peleas políticas internas.


Es más que probable que la Justicia considere inconstitucional ese decreto que contiene decisiones penales, una de las tres cuestiones en las que el Presidente no puede meterse por sí solo según la Constitución. Seguramente, el planteo constitucional llegará hasta la Corte Suprema de Justicia. Dos de los tres jueces supremos que existen, participaron de la reforma del 94. El presidente de la Corte, Horacio Rosatti, fue constituyente por Santa Fe, y el vicepresidente, Carlos Rosenkrantz, fue el principal asesor de Raúl Alfonsín, quien también era constituyente. Cada uno de ellos conoce la letra y el espíritu de las reformas constitucionales de los años 90. Saben, por lo tanto, que los temas penales no pueden estar en los decretos de necesidad y urgencia. ¿Qué influencia tendrá en el Congreso una eventual declaración de inconstitucionalidad de parte de la Justicia? Nadie lo puede predecir, pero ya no hará falta el Congreso. Una sentencia definitiva de la Justicia sobre la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia anulará definitivamente la decisión de Milei.


El primer error de Milei fue no haber promovido una ley aprobada por el Congreso para cambiar una ley de 2001 que tuvo un amplio apoyo de senadores y diputados. El decreto de necesidad y urgencia del Presidente modifica 40 artículos de esa ley. Milei viene haciéndole cambios a esa ley desde el año 2024 con decretos de necesidad y urgencia que modificaron la ley de inteligencia, la de defensa nacional y la de seguridad interior. Como esos decretos no se rechazaron nunca (salvo el de los 100.000 millones de pesos), se fueron concentrando las actividades de inteligencia y de contrainteligencia.


A pesar de aquel rechazo, la SIDE es un organismo que maneja una cantidad importante de recursos que son por naturaleza fondos reservados. Nadie sabe en qué los usa. “Parte de los recursos económicos sirven para sostener estructuras políticas cercanas, los trolls en las redes sociales y la adhesión de algunos periodistas”, asegura un diputado que integra la comisión bicameral de seguimiento del servicio de inteligencia. Esa comisión no se integró con la nueva composición del Congreso, pero la que existía puede ser convocada con la anterior integración de los senadores y diputados que conservaron su mandato; solo no podrían asistir los que terminaron su mandato, como, entre otros, Leopoldo Moreau y Martín Lousteau, que era senador y ahora es diputado tras un mal resultado electoral en las elecciones de octubre último. Nadie sabe cuándo se integraran algunas comisiones. El pasado no habla bien de los legisladores. Por ejemplo, durante los últimos dos años nunca se nombraron a los integrantes de la comisión bicameral de seguimiento de los fiscales y del procurador general de la Nación (jefe de los fiscales). ¿Por qué? Milei estaba en minoría, responden. Pobre respuesta.


En el decreto hay hasta un mal uso de las palabras. Dice, por caso, que todas las actividades de inteligencia revisten carácter de “encubiertas” por su nivel de sensibilidad. La actividad de los servicios de inteligencia es secreta más que encubierta. La resolución de Milei también se refiere implícitamente a la tarea del periodismo porque amplía el secreto y la responsabilidad por la difusión de información vinculada a la seguridad nacional. Ese decreto no establece ningún límite para determinar a qué se refieren cuando hablan de información sobre la seguridad nacional. Los periodistas y los medios periodísticos quedan expuestos así a la persecución judicial por su trabajo profesional, aun cuando actúen en beneficio del interés público. Tampoco incorpora la necesaria protección de la libertad de prensa ni diferencia entre un daño real a la seguridad nacional y la publicación de información relevante para el conocimiento de la sociedad. Tales ausencias pueden atemorizar a algunos periodistas o medios, y provocar una detestable autocensura.


También todos los integrantes de la actual Corte Suprema han sido siempre especialmente sensibles frente a las agresiones a la libertad de prensa. El artículo 32 de la Constitución le prohíbe al Congreso nacional aprobar leyes que restrinjan la libertad de prensa (“de imprenta”, dice con el léxico de la época en que se redactó) y el artículo 14 prohíbe explícitamente la censura previa. Si ese mandato constitucional rige para el Congreso, el Poder Ejecutivo tiene las manos más atadas aun cuando se trata de limitar el trabajo periodístico. Seguramente, la Justicia se hará cargo, antes que algunos oportunistas senadores y diputados, de colocar las decisiones del Presidente dentro de la Constitución. No todo es posible porque simplemente se ha ganado una elección.


Por Joaquín Morales Solá