jueves, 15 de octubre de 2026

Vacunatorio VIP: cuando el poder político decide a quién salvar


 

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Vacunatorio VIP: cuando el poder político decide a quién salvar


El escándalo que empezó a juzgarse expone la obscena cultura del privilegio del gobierno de Alberto Fernández priorizando la salud de su círculo más próximo


15 de octubre de 2026




Alberto Fernández y la pandemia de Covid-19 por Alfredo Sabat


La causa por el denominado Vacunatorio VIP ingresó en una nueva etapa con el comienzo de las indagatorias el 2 del corriente mes. Se trata de un avance necesario, aunque lamentablemente tardío, en una investigación que remite a uno de los episodios más deplorables de la gestión de Alberto Fernández.


La primera convocada a declarar fue la médica Lucía Antolini, quien negó las acusaciones. Su testimonio abrió la serie de audiencias que se extenderán hasta el 9 de diciembre próximo en los tribunales de Comodoro Py.



Lo que la Justicia deberá esclarecer no es un asunto menor. Durante la pandemia de coronavirus, cuando las vacunas contra el Covid-19 eran un bien tan preciado como escaso y su procedencia digitada mientras toda la población atravesaba una emergencia sanitaria devastadora, hubo personas que accedieron a ellas por fuera de los criterios de prioridad establecidos. La cercanía con el poder político se convirtió así en una credencial más valiosa que la vulnerabilidad médica o la exposición directa al virus.


La investigación del fiscal Eduardo Taiano apunta a determinar si quienes recibieron aquellas dosis tuvieron participación necesaria en el delito de peculado, es decir, en el desvío o la disposición indebida de bienes que se encuentran bajo la administración de un funcionario público. En este caso, la acusación sostiene que los beneficiarios contribuyeron a consumar los hechos al aceptar vacunas, pese a saber que no integraban los grupos habilitados para recibirlas en forma prioritaria.


Según el fiscal, esas intervenciones favorecieron el agotamiento de un recurso escaso y privaron de su acceso a personas que tenían una urgencia legítima. La Justicia deberá establecer las responsabilidades penales, pero la dimensión ética y política del episodio ya excede ampliamente el resultado de las indagatorias.


Mientras médicos, enfermeros y trabajadores esenciales arriesgaban su vida, mientras adultos mayores y pacientes con enfermedades preexistentes esperaban un turno para vacunarse y mientras miles de familias sufrían pérdidas irreparables -producto de la falta de ese insumo clave-, hubo quienes encontraron un vil atajo para obtener aquello que debía distribuirse con criterios sanitarios. De ningún modo puede aceptarse -como pretenden ser justificados los responsables de semejante despropósito- que lo ocurrido haya sido una mera transgresión burocrática. Configura un inadmisible quiebre de la igualdad ante la ley frente a una tragedia humanitaria colectiva.


El escándalo salió a la luz a partir de una investigación periodística que reveló la existencia de inoculaciones reservadas en el Ministerio de Salud y en el Hospital Posadas para personas elegidas a dedo por funcionarios. La revelación provocó la renuncia del entonces ministro Ginés González García, quien fue investigado, pero no llegó a ser procesado. Falleció en 2024.


La salida del cargo del entonces funcionario no alcanzó para acallar los ecos de la inmoralidad de un gobierno que debía garantizar transparencia, equidad y cuidado, pero que eligió hacer todo lo contrario. La administración de una emergencia sanitaria exige reglas claras y controles rigurosos, no circuitos reservados para quienes puedan acceder a ciertos despachos.


Entre las personas llamadas a indagatoria figuran el expresidente Eduardo Duhalde; su esposa, Hilda “Chiche” Duhalde, y el periodista Horacio Verbitsky. También fueron convocados Seza Manukian, Lourdes Noya, Matilde Noya, Dolores Noya, Félix Eulogio Guille, Jorge Taiana, Eduardo Valdés, María Eva Duhalde, Juliana Duhalde, Irene Ibón López, Néstor Eduardo Mandraccio, Adriana Mónica Avella, Rito Ramírez, Horacio Alejandro Cortez, María Felisa Mango, Marcelo Jorge Duhalde, Celina María Isabel Vega, Claudio Daniel Pardo, María Alejandra Cottini, Gabriel Michi, Camilo Martelletti, Inés del Carmen Páez Dalessandro, Graciela Margarita Miranda, María de los Ángeles Domínguez, Patricia Alsua, Esteban Collazo, Hugo Curto, Filomena Marta Burgos y Jorge Héctor Devoto.


La investigación deberá precisar qué ocurrió en cada caso y qué conocimiento tenía cada beneficiario sobre las condiciones en las que recibió la vacuna.


Hasta el momento, solo tres personas fueron procesadas en el expediente: Marcelo Ariel Guille, exsecretario de González García; Alejandro Salvador Costa, exsubsecretario de Estrategias Sanitarias, y Alejandro Maceira, exdirector del Hospital Posadas. La jueza María Eugenia Capuchetti tiene a su cargo la causa.


El Vacunatorio VIP fue mucho más que un escándalo de nombres conocidos. Puso al descubierto una concepción del Estado en la que los recursos públicos se usaron como instrumentos de favor político, mientras el resto de la sociedad debía someterse a reglas que los amigos del poder salteaban descaradamente convirtiendo una emergencia que exigía solidaridad en una oportunidad para sacar provecho individual. La gravedad está signada por el bien supremo que estaba en juego: la vida de las personas.


La Justicia debe actuar con celeridad, independencia y sin excepciones. Es indispensable establecer cómo se distribuyeron las dosis, quiénes hicieron posible las irregularidades y qué responsabilidad le corresponde a cada uno. La memoria de los que murieron, de quienes cuidaron a los enfermos y de aquellos que esperaron vanamente su vacuna exige una respuesta seria. Ya ha pasado demasiado tiempo sin justicia.


El Vacunatorio VIP permanece como una de las expresiones más miserables de la cultura del privilegio. La impunidad no puede ser el último capítulo de esta trágica historia.


 

"Diario El Espectador Los Monos #1"(1975)


 


 

miércoles, 14 de octubre de 2026

HUMOR DIARIO


 


 

La democracia no tiene por qué ser ingenua


 

 OPINIÓN 


La democracia no tiene por qué ser ingenua


No hay ninguna posibilidad técnica de que la expresidenta Fernández pueda volver a presentarse como candidata en una elección ni de que pueda volver a ocupar algún cargo público


Félix V. Lonigro


LA NACION



Cristina Fernández de Kirchner por Alfredo Sábat


Recientemente los medios de comunicación se hicieron eco de la estrategia de los abogados de Cristina Fernández, destinada a lograr que una de las comisiones de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (específicamente la creada por el Pacto de Derechos Civiles y Políticos), la habilite para participar en el proceso eleccionario del año próximo. Al mismo tiempo algunos se preguntan si, en democracia, es justo que una dirigente tan importante esté “proscripta”, así como también si lo es que la gente que la quiere votar se vea privada de hacerlo por el hecho de estar condenada.


Que los prosélitos de la viuda de Néstor Kirchner invoquen argumentos tan absurdos es cuestionable pero lógico en función del fanatismo que los asuela (e inclusive hasta se justifica que sean invocados por los abogados que aquella ha contratado en el contexto del derecho de defensa en juicio que constitucionalmente tiene asegurado), pero aquellos ciudadanos que poseemos algún grado de cultura cívica y que estamos compenetrados con los postulados del Estado de Derecho y del valor “justicia”, no podemos admitirlos porque sabemos que la exmandataria Cristina Fernández no solamente no tiene, sino que no debe tener la posibilidad de ser candidata en el futuro.


Quienes la adoran ciegamente manifiestan que los que nos oponemos a una eventual candidatura de la expresidente, es porque le tenemos “miedo”. Es posible: los defensores del Estado de Derecho y de la democracia bien entendida, más que “miedo” tenemos “terror” a que alguien que ha saqueado los recursos públicos pueda volver a tener en sus manos la posibilidad de administrarlos.


Desde el punto de vista técnico-jurídico la cuestión es muy fácil de entender: el 10 de junio de 2025 quedó firme la sentencia que condenó a Cristina Fernández a seis años de prisión por administración fraudulenta de recursos públicos, pena que está cumpliendo con arresto domiciliario. La referida condena fue impuesta en un proceso judicial inobjetable que llevó más de diez años, en el que se atravesaron todas las instancias y en el que la condenada, en ejercicio de su derecho de defensa, presentó pruebas e interpuso más de trescientos recursos.


Es por tal motivo que sobre la exvicepresidente de Alberto Fernández pesan tres inhabilitaciones legales vinculadas con sus derechos políticos.


La primera inhabilitación surge del artículo 33 de la Ley de Partidos Políticos (que le impide ser precandidata en una interna –PASO-, y candidata en una elección nacional a quien está inhabilitado para votar); y del artículo 3 del Código Nacional Electoral, según el cual no puede votar un ciudadano al que se lo ha condenado por un delito doloso, estando esa condena firme. Pues Cristina Fernández ha sido condenada por un delito doloso (administración fraudulenta de recursos públicos), motivo por el cual no puede votar según el Código Nacional Electoral, y al no poder votar, según la ley de partidos políticos no puede ser precandidata ni candidata.


La segunda inhabilitación surge de los artículos 12 y 19 del Código Penal, que inhabilitan para ocupar cargos públicos a una persona que, como Cristina Fernández, ha sido condenada a una pena de más de tres años de prisión. Si bien habitualmente la referida inhabilitación cesa una vez que se ha cumplido la condena, a la expresidente se le ha aplicado una tercera inhabilitación “especial” y a perpetuidad para ocupar cargos públicos, por haber cometido el delito valiéndose del cargo que poseía al momento de cometer el delito (en el caso concreto, nada menos que el de presidente de la Nación).


La ruta institucional fue impecable: una jefa de Estado cometió un delito; el Ministerio Público la acusó; la Justicia investigó y finalmente la condenó aplicando las penas e inhabilitaciones dispuestas en leyes previamente sancionadas por el Congreso de la Nación en ejercicio de sus facultades constitucionales. Esto es, nada más y nada menos, que el Estado de Derecho y el sistema republicano funcionando en plenitud, como corresponde.


Ni el Estado de Derecho ni la justicia son incompatibles con la democracia


Es por ello que no existe la tan incongruente y pregonada “teoría de la proscripción”, porque ni el Estado de Derecho ni la justicia son incompatibles con la democracia, a la que no hay que considerar tan estúpida e ingenua como para justificar que, en su nombre, los condenados por delitos dolosos deben tener la posibilidad de participar en su “juego electoral” sin ningún tipo de restricciones. Lo grave y penoso sería, en todo caso, que en democracia ello fuera posible.


Obsérvese que tanto la Constitución Nacional como los tratados internaciones que tienen su jerarquía (incluyendo al Pacto de Derechos Civiles y Políticos), establecen que los derechos políticos se ejercen conforme a las leyes que los reglamentan; pues el Código Nacional Electoral, el Penal y la ley de partidos políticos son reglamentaciones absolutamente lógicas y razonables de aquellos.


Lo notable es que la misma Constitución Nacional, en su artículo 36, dispone que “atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriera en grave delito doloso contra el Estado, que conlleve enriquecimiento ilícito, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos públicos”. Pues la Justicia ha encontrado culpable a Cristina Fernández de un delito doloso que “conlleva” un “enriquecimiento ilícito”, y la Justicia le ha aplicado una pena, con sus inhabilitaciones, por “el tiempo que las leyes determinan”. Lo único que falta sería que también se la asigne a la Constitución Nacional, que tiene todas estas previsiones, y que además es la que consagra un sistema representativo, el adjetivo calificativo de “antidemocrática”.


No hay ninguna posibilidad técnica de que la expresidente pueda volver a presentarse como candidata en una elección ni de que pueda volver a ocupar algún cargo público, porque inclusive un eventual indulto presidencial sería inconstitucional, toda vez que según la Ley Suprema, el delito de atentado contra el orden constitucional y la democracia es inindultable.


Como se puede observar, ni la democracia ni la República son responsables de las inhabilitaciones de la señora Cristina Fernández de Kirchner, sino pura y exclusivamente ella misma. Los ciudadanos deben entenderlo, mientras que Dios y la Patria deben demandárselo.


Por Félix V. Lonigro


 

"Editorial Universo : Locuras De Isidoro #116"